Plataformas digitales bajo regulación: entra en vigor el registro obligatorio de contratos laborales

Desde el 22 de junio de 2025, es obligatorio registrar contratos laborales en plataformas digitales. Conoce los requisitos y cómo cumplir con la LFT.

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El 22 de junio de 2025 marcó un antes y un después para las empresas que operan con repartidores y conductores mediante apps. Ese día entró en vigor la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que reconoce oficialmente el trabajo en plataformas digitales como una modalidad especial de relación laboral subordinada.

Esto implica nuevas obligaciones legales para los empleadores, entre ellas el registro obligatorio de los contratos laborales a través de la herramienta digital SiVa-Contratos, habilitada por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (Cefecorel).

¿Qué establece la LFT sobre esta nueva modalidad?

El nuevo Capítulo IX Bis del Título Sexto define esta relación como la ejecución de actividades remuneradas gestionadas por un patrón a través de una plataforma digital, donde el trabajador debe presentarse físicamente para prestar el servicio.

El empleador, en este caso, ejerce control y supervisión digital, lo cual formaliza el vínculo laboral y elimina el argumento de relaciones independientes o colaborativas. El marco jurídico ahora obliga al patrón a cumplir con lo estipulado para trabajadores subordinados.

 Obligación de registrar contratos ante el Cefecorel

De acuerdo con el artículo 291-G de la LFT, los empleadores deberán registrar cada contrato en la plataforma SiVa-Contratos del Cefecorel. Para ello:

  • Es necesario crear una cuenta en el portal del Centro Laboral
  • Se debe enviar la solicitud de validación del contrato
  • El contrato será revisado y autorizado conforme a los lineamientos vigentes

Aunque aún no se publican los lineamientos operativos, se prevé que estos aclaren los requisitos del trámite, mecanismos de resolución y recursos disponibles en caso de rechazo.

Mientras tanto, las empresas pueden consultar directamente al organismo vía: sivacontratos@centrolaboral.gob.mx.

 ¿Qué debe incluir el contrato laboral de plataformas digitales?

Conforme al artículo 330-E de la LFT, el contrato debe contener:

  • Datos completos del empleador y trabajador
  • Naturaleza y condiciones del trabajo
  • Esquema de ingresos y registro de tiempos laborales
  • Insumos y equipo proporcionado
  • Porcentaje o monto por tarea y posibles bonos
  • Mecanismos de contacto y supervisión
  • Condiciones adicionales acordadas

El formato contractual es prediseñado por la autoridad y no admite modificaciones unilaterales. Cualquier cambio requerirá nuevamente el proceso de validación y autorización.

 ¿Qué implica esto para las empresas?

La entrada en vigor de esta reforma implica:

  • Formalizar todas las relaciones laborales con trabajadores de apps
  • Ajustar sus procesos de contratación y cumplimiento a los nuevos estándares
  • Establecer esquemas contractuales claros, uniformes y registrados
  • Consultar asesoría especializada en derecho laboral para prevenir riesgos

En Quality Service, acompañamos a las empresas en la implementación de procesos legales y estratégicos para cumplir con la LFT, garantizar la seguridad jurídica y mantener operaciones eficientes en entornos digitales.



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