El estar trabajando desde casa no exenta a los trabajadores de estar expuestos a riesgos laborales, no obstante se calcula que actualmente cinco de cada 10 mexicanos que trabajan bajo este esquema, no cuentan con medidas de seguridad para accidentes laborales, según estimaciones de la encuesta ‘Termómetro Laboral’ de OCCMundial.
“Si se considera que existen alrededor de 13 millones de trabajadores remotos en México, (STPS), y que, de éstos, la mitad no cuentan con protocolos de salud y seguridad, como estima la OCC, el problema es mayúsculo y sin duda tiene que atajarse”, advirtió Ludus.
Explicó que con la reforma en 2021 al Artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo, el Gobierno reconoció al home office como esquema laboral. Y un año después, el 15 de julio del año en curso, la STPS publicó la ‘NOM-037-STPS-2022 Teletrabajo – Condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo’, norma que finalmente estableció reglas y obligaciones para empresas y empleados que trabajan de forma remota.
Esta norma estableció, entre otras cosas, “las medidas de prevención de riesgos que deben adoptarse en los lugares donde las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo lleven a cabo sus actividades”, como señala la propia STPS.
En lo referente a las obligaciones de las empresas, la nueva norma señala algunos puntos relevantes, como:
- disponer de un listado actualizado de personas teletrabajadoras.
- establecer Políticas de Teletrabajo.
- informar a las personas teletrabajadoras de los riesgos relacionados con la actividad que desarrollen.
- validar las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo.
- establecer procesos de implementación del Teletrabajo.
- brindar capacitación a los trabajadores en la modalidad de teletrabajo sobre las condiciones de seguridad y salud que deben tener y mantener en su lugar de trabajo.
Por otro lado, también considera las obligaciones de los empleados y señala que estos deben:
- observar la Política de Teletrabajo que establezca el patrón.
- informar al patrón cualquier alteración de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, o caso de fuerza mayor, que impidan el desarrollo del teletrabajo.
- resguardar y conservar en buen estado los equipos, materiales, útiles y mobiliario ergonómico.
- obedecer y conducirse con apego a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.
- informar por escrito y con antelación al patrón de cualquier cambio de domicilio definitivo o temporal, desde donde realiza las actividades de teletrabajo.
- participar en los procesos de información de riesgos relacionados con sus actividades de teletrabajo y de la capacitación que le proporcione el patrón.
- avisar al patrón de los riesgos de trabajo que sufra en el lugar de trabajo
Finalmente, la norma también da indicaciones a ambos, patrones y empleados, para evitar riesgos de trabajo provocados por agentes físicos, por factores de riesgo ergonómico y por factores de riesgo psicosocial.
Capacitación, la clave para prevenir riesgos
En los entornos laborales presenciales, la capacitación en materia de salud y seguridad para la prevención de accidentes es un tema ampliamente conocido. No obstante, en los modelos laborales remotos, este tema es nuevo, indicó la firma.