¿Se Respetan los Días de Descanso Obligatorio en México? Encuesta Revela Incumplimientos Laborales

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Una reciente encuesta realizada por OCCMundial, titulada “Termómetro Laboral”, revela que menos de la mitad de los trabajadores en México gozan consistentemente de sus días de descanso obligatorio, conforme a lo estipulado en la Ley Federal del Trabajo (LFT). 

En México, los días de descanso obligatorio están establecidos en el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Durante estos días, los trabajadores no están obligados a laborar, y si lo hacen, deben recibir pago triple: su salario diario normal más el doble por el servicio prestado.

📅 Días de descanso obligatorio en México (según la LFT):

  1. 1º de enero – Año Nuevo
  2. Primer lunes de febrero – En conmemoración del 5 de febrero (Día de la Constitución)
  3. Tercer lunes de marzo – En conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Benito Juárez)
  4. 1º de mayo – Día del Trabajo
  5. 16 de septiembre – Día de la Independencia
  6. Tercer lunes de noviembre – En conmemoración del 20 de noviembre (Revolución Mexicana)
  7. 1º de diciembre cada seis años – Cambio de Poder Ejecutivo Federal (cuando aplica)
  8. 25 de diciembre – Navidad
  9. El día que se celebren elecciones federales o locales, según lo determine la ley electoral correspondiente

📝 Importante: Las fechas conmemorativas que caen entre semana suelen recorrerse al lunes más cercano para fomentar el turismo y los fines de semana largos, según reformas laborales.

📊 Principales Hallazgos de la Encuesta

  • Solo el 29% de los 3,257 encuestados afirmó que siempre se les respeta el descanso en días feriados.
  • El 71% restante ha laborado al menos una vez en días de descanso obligatorio.
  • De este grupo, el 16% indicó haber trabajado de forma obligatoria en estas fechas.
  • El 55% mencionó que ha trabajado ocasionalmente en días feriados, debido a que sus empresas no pueden detener operaciones ni siquiera en esos días.

⚖️ Marco Legal: Derechos y Obligaciones

La LFT establece en su artículo 74 los días de descanso obligatorio, y en el artículo 75 se indica que, si un trabajador labora en estos días, tiene derecho a recibir su salario diario más el doble, es decir, un pago triple. Además, si no hay acuerdo entre el patrón y el trabajador sobre quién debe laborar en días feriados, la Junta de Conciliación Permanente o de Conciliación y Arbitraje determinará lo procedente. 

📢 Necesidad de Mayor Concientización

La encuesta también destaca que, aunque el 73% de los trabajadores considera que existe información disponible sobre sus derechos laborales, el 37% cree que hay margen de mejora en su difusión. Solo el 36% considera que la información es suficiente. Además, un 10% de los encuestados admitió no tener suficiente conocimiento sobre sus derechos, lo que los hace vulnerables a posibles violaciones laborales.

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