¿En home office? Así pueden los empleadores cumplir con la NOM-037

El trabajador que realice teletrabajo tiene derecho a la misma remuneración que a la que tendría en las instalaciones de la empresa

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La NOM-037, emitida por la STPS, que tiene como objetivo regular las condiciones laborales de las personas que trabajan de forma remota o bajo la modalidad de teletrabajo es cada vez más necesaria ante el aumento del home office en el país.

De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), previo a la pandemia el 3% de los colaboradores estaba en home office, con la emergencia la cifra subió a 30%, en el caso de México, el INEGI señaló que al cierre del segundo trimestre 2021 el 35.4% de la población ocupada trabajaba desde su casa; la fecha 5.7% de las compañías contempla mantener esta modalidad.

En ese sentido, el gerente de atracción de talento de ecosistemas, Ana Romano, compartió que la introducción de las tecnologías de la Información y Comunicación (TIC´s) en el país, generaron “un cambio y modernización en los ambientes de trabajo; incrementando la eficiencia de los procesos y aumentando la rentabilidad de las compañías”.

De hecho, el trabajo remoto o home office se volvió clave en la atracción y retención de talento pues en palabras de Romano, quienes “no ofrezcan la posibilidad del Home Office sufrirán la fuga de cerebros”, entonces, sugirió adoptar dicho modelo, apegándose a las disposiciones de la NOM-037, es decir, el empleador cumpla lo siguiente:

  • proporcione a los teletrabajadores los recursos necesarios para llevar a cabo sus actividades (equipo de cómputo, software, herramientas de trabajo y servicios de telecomunicaciones), y en la medida de lo posible equipo de trabajo físico que ayuda a mejorar la calidad de vida durante el teletrabajo para salvaguardar la salud del personal
  • implementar medidas de seguridad y salud en el trabajo para garantizar condiciones óptimas a los colaboradores como las que tienen quienes laboran en las instalaciones de la empresa
  • proporcionar información sobre los riesgos laborales asociados a esta forma de trabajo y medidas preventivas para evitarlos a fin de generar convenios empresariales con empresas del sector salud, donde los trabajadores remotos tengan acceso a revisiones de salud, charlas de prevención de riesgos psicosociales, mentales, etc.
  • empleador y trabajador tienen que establecer acuerdos sobre las condiciones de trabajo, incluyendo horarios, tiempos de descanso, responsabilidades y plazos de entrega, generar un programa de comunicación interna continua que aborde temas de interés como recomendaciones de trabajo remoto, gestión de tiempo, hábitos saludables, ergonomía, prevención y manejo de estrés, además de estilos de trabajo saludable

Finalmente, las empresas tienen que considerar que el trabajador que realice teletrabajo tiene derecho a la misma remuneración que si estuviera trabajando en las instalaciones de la empresa.

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