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A partir de marzo, las empresas que se inscribieron al Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse) deberán renovarlo. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tiene definido el calendario para este proceso, las compañías que no realicen el trámite en el plazo establecido por la dependencia, perderán su inscripción en el padrón.
La Secretaría del Trabajo envío a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) el proyecto para modificar las disposiciones para la inscripción al Repse, el cual incluye el calendario de renovación del registro.
“A las personas físicas y morales inscritas en el padrón que no renueven su registro dentro del plazo establecido y en cumplimiento al presente acuerdo, se les cancelará el registro”, indica la dependencia en el proyecto.
El Repse tiene una vigencia de tres años, eso significa que este año sólo deben renovar su registro las empresas que se inscribieron en 2021 cuando entró en vigor la reforma de subcontratación.
En ese sentido, los plazos establecidos por la STPS para la renovación del Repse en 2024 son:
De acuerdo con el proyecto enviado a Conamer, en la plataforma del Repse se habilitará el módulo “Renovación de registro” en el cual las empresas podrán ingresar -únicamente en el plazo establecido- para realizar el trámite.
“Las personas físicas o morales inscritas en el padrón únicamente podrán llevar a cabo su proceso de renovación en las fechas establecidas con antelación, una vez agotado dicho plazo, la plataforma de manera automática, deshabilitará el módulo de renovación”, señala la dependencia.
La modificación a las disposiciones generales del Repse, plantea que una vez obtenida la renovación, la empresa de servicios especializados deberá “informar a sus beneficiarios de los servicios u obras especializadas la renovación de dicho registro”.
La STPS estima que poco más de 100,000 empresas busquen renovar sus registros en 2024. Esto se posiciona como un reto para la Unidad de Trabajo Digno de la dependencia, reconoce Alejandro Salafranca, titular del área. “Si inédito fue el Repse en sí mismo e inédito fue inscribirse en él, la renovación también será inédita”, afirma el funcionario.
Alejandro Salafranca asegura que la Secretaría del Trabajo garantizará que el trámite sea de manera eficiente, “tal como se dio la inscripción; es decir, que nunca se cayó el sistema, no fue hackeado, no se saturó”.
El Repse es un padrón público operado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, deben registrarse las empresas que quieren ofrecer servicios especializados; es decir, servicios que se prestan con trabajadores propios en el centro de trabajo del cliente como limpieza o vigilancia, pero el personal no está a disposición del contratante, sólo realizan las actividades que fueron externalizadas.
El registro en la STPS se estableció como obligación con la reforma de outsourcing de 2021. “Las personas físicas o morales que proporcionen los servicios de subcontratación, deberán contar con registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Para obtener el registro deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social”, indica el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.
Las empresas pueden ofrecer servicios especializados, siempre que no formen parte del objeto social o actividad económica preponderante de la compañía que los contrata. Este régimen sustituyó al de subcontratación de personal, actividad que quedó prohibida con la reforma.
La prestación o contratación de servicios especializados sin la inscripción al Repse puede equivaler a una sanción de entre 217,140 y 5.4 millones de pesos tanto para la empresa que lo ofrece como para quien la contrata.
https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/STPS-revocara-Repse-de-empresas-que-no-renueven-a-tiempo–20240204-0040.html
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