STPS prorroga constancias y tomas de nota sindicales
Los sindicatos de los trabajadores tendrán por prorrogadas su vigencia de la toma de nota que haya vencido durante la emergencia sanitaria
La STPS dio a conocer en el DOF del 31 de julio de 2020, el Acuerdo por el que se establece la prórroga de la vigencia de las constancias o tomas de nota de las directivas sindicales registradas ante la secretaría del trabajo y previsión social, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus sars-cov2 (Covid-19), el cual tendrá una vigencia del 1o. de agosto al 30 de septiembre de 2020, plazo que podrá extenderse si así lo consideran las medidas sanitarias aplicables.
Los sindicatos de trabajadores, así como las federaciones y confederaciones registrados ante la STPS, cuyas directivas o dirigentes hubiesen perdido vigencia con motivo del cumplimiento de las medidas extraordinarias derivadas de la emergencia sanitaria, se tendrán por prorrogadas a partir de la fecha en que concluyó su vigencia y hasta el 30 de septiembre de 2020.
Para acceder a esta prórroga se debe estar bajo los supuestos siguientes:
- la vigencia de las constancias o tomas de nota concluya o haya concluido entre el 23 de marzo y el 30 de septiembre de 2020, y
- los procesos de elección de las directivas o dirigentes no se hayan llevado a cabo o se hayan suspendido con motivo de la emergencia sanitaria
Para lo anterior, se le ordena al Director General de Registro de Asociaciones publicar en el portal de Internet de la STPS, la lista de sindicatos de trabajadores, federaciones y confederaciones que se encuentren en dicho supuestos.
Asimismo, se habilitan los días de lunes a viernes, de las 10:00 a las 14:00 horas, para la atención y orientación a los sindicatos, federaciones y confederaciones en relación con esta prórroga, y así evitar que puedan comparecer como representantes de su organización.
Dicha prórroga no aplica para los procesos de elección de las Directivas o dirigentes que se hayan concluido antes del 23 de marzo de 2020 y se encuentren pendientes de su registro, ni tampoco para el caso de las directivas o dirigentes de los componentes, secciones o delegaciones sindicales.